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Problemas con vecinos que no acatan bien las normas y las quejas

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Problemas con vecinos que no acatan bien las normas

Problemas con vecinos que no acatan bien las normas y las quejas

P: Hola! mi historia es un poco extensa, hace dos años los vecinos que tengo arriba que son tres viviendas, uno de ellos quería poner un tendal fijo en la fachada. En una reunión se le dijo que no porque personalmente me opuse. Se le argumentó que a la larga habría problemas, a estos problemas había que añadirles los problemas que ya tenía en ese momento yo con ellos que me tiraban pelusas, migas de pan, detergente en polvo e incluso aceite de freír, chorizo, etc, Entones de eses tres vecinos hace un mes, dos pusieron tendal de quita y pon con las consecuencias que me tapaban parte de mi ventana con las sabanas y toallas, me caía ropa en la terraza más los plásticos que ponían para cubrir la ropa se les llenaba de agua y sacudían para abajo, el problema que tengo un sitio pequeño cubierto pero me mojaban todo lo de dentro y el perro que duerme ahí en su cesta ,el pobre aparecía medio empapado de agua, entonces le proteste al antiguo secretario-administrador que teníamos antes lo que me pasaba, los debió de avisar entonces ya no los volvieron a poner más los tendales de quita y pon ,que paso ,creo que se pusieron de acuerdo, empezaron a incordiarme y empezaron a protestarle al nuevo administrador contratado que tenemos actualmente. Le dijeron que olía a mierda de perro y que por ese motivo no podían abrir las ventanas. Yo soy el primer interesado en tener siempre la terraza limpia porque tengo una niña, más cuelgo la ropa ahí. Hubo un día puntual que no pude estar en toda la tarde en casa, el perro tenía mal el estómago y tenía diarrea, ese día llegue muy tarde a casa, cuando me levante por la mañana sobre las ocho y media tenía 6 cagaditas del perro, es un bulldog francés, me pongo de inmediato a lavar y recoger las cacas y a las nueve y media o las diez me llama por teléfono el nuevo administrador para decirme que me hicieran una foto de las cacas en la terraza. Yo diría que este nuevo administrador está a favor de ellos porque hace una semana me volvieron a tirar detergente en polvo le fui a protestar y me sacó lo del perro para que me callara la boca o no sé, cuando yo llevo muchos años protestando de que me sacuden su mierda abajo, más son los únicos vecinos que protestan porque al lado de ellos hay más vecinos y les he preguntado a todos y no hay queja de mi perro y de malos olores, es más, ellos ni siquiera me dijeron nada del perro fueron directamente al administrador.

Ah, otra cosa uno de los vecinos me quería denunciar y llevo dos años esperando esa denuncia que nunca llega, ¿porque será?.

Yo quería saber alguna opinión sobre esto, más que soluciones puedo dar contra estos vecinos toca huevos

R: Aquí hay que diferenciar dos hechos. 1º) se pueden poder tendales en fachada? y 2º) Como se debe actuar con los perros y cuáles son los requisitos básicos.

1º) Para modificar la estética de una fachada exterior mediante la instalación de tendederos es necesario que exista unanimidad por parte de la comunidad en la instalación del mismo, bien sean fijos o bien sean movibles porque afectan a la estética del edificio. No obstante aun aprobándose por unanimidad dependerá de la localidad donde se ejerza y de las ordenanzas municipales que existan al respecto. Existen ayuntamientos que tienen terminantemente prohibido el colocar tendederos en fachadas exteriores que rompan la estética urbana o medioambiental.

Otra cosa diferente sería la colocación de tendederos en el patio de luces, en este caso ya no se afecta la estética exterior del edificio. Aquí ya se estaría a lo que digan los Estatutos del Edificio, si existen, las normas de régimen interior y las sentencias que han creado jurisprudencia al respecto.

2º) Con respecto al tema de los perros, se estará a lo que se diga en las ordenanzas de cada Ayuntamiento. En Madrid, existe la ordenanza reguladora de la tenencia y protección de animales, que en su artículo 4º dice:

Artículo 4: Condiciones para la tenencia de animales

  1. Con carácter general, se autoriza la tenencia de animales de compañía en los domicilios particulares, siempre que las condiciones de su alojamiento lo permitan, y quede garantizada la ausencia de riesgos higiénico-sanitarios para su entorno. En cualquier caso, en el supuesto de perros y gatos, su número total no podrá superar los cinco animales sin la correspondiente autorización de los servicios competentes del Ayuntamiento.
  2. El propietario o tenedor de un animal vendrá obligado a proporcionarle un alojamiento adecuado, mantenerlo en buenas condiciones higiénico-sanitarias, facilitarle la alimentación y bebida necesarias para su normal desarrollo, someterlo a los tratamientos veterinarios curativos o paliativos que pudiera precisar, así como a cumplir la normativa vigente relacionada con la prevención y erradicación de zoonosis, realizando cualquier tratamiento preventivo que sea declarado obligatorio.
  3. El propietario o tenedor de un animal adoptará las medidas necesarias para evitar que la posesión, tenencia o circulación del mismo pueda infundir temor, suponer peligro o amenaza, u ocasionar molestias a las personas.
  4. El propietario o tenedor de un animal no podrá utilizarlo para la práctica de la mendicidad, incluso si esta es encubierta.

También deberá tener el perro su vacunación y su identificación.

Os facilito un enlace donde se habla de las Normas de Régimen Interior espero sea de vuestro agrado:

https://adminfergal.es/reglamento-de-regimen-interior-para-una-comunidad-de-propietarios/

Fdo. Miguel Fernández

Administrador de Fincas en Madrid y Guadalajara

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