Buscar

Publicación del BLOG

Administración de Fincas Comunidades de Propietarios Legislación Sin categoría

La junta amañada. Los personajes de la Junta Rectora. Cap. IX. Burofax del Presidente y Administrador

Compartir
La junta amañada. Los personajes de la Junta Rectora. Cap. IX. Burofax del Presidente y Administrador

PRESIDENTE Y ADMINISTRADOR ME RESPONDEN POR BUROFAX

Retrocedemos un poco en el tiempo: Guadalajara en Mayo del 2018.

Dado que el Presidente tenía la malsana intención de enviar misivas falaces de manera pública en vez de contestar, clara y llanamente, a lo que se le pedía (estaba claro que teníamos razón y no tenía argumento alguno para respondernos), decidimos que no quedaba más remedio que enviar el correspondiente email al despacho del Administrador no colegiado y contratado por los miembros de la Junta Rectora sin pasar por la aprobación en previa Junta de Propietarios.

Pasaron unos días y ¡oh, qué sorpresa!, ¡Qué interesante!, ¡Por fin, una respuesta del Administrador en mi buzón de email! A ver si, por fin, había alguien con un poco de cordura y raciocinio que me respondiera a las cuestiones y descuadres contables que tanto tiempo llevaba reclamando. He aquí su respuesta:

¡Venga ya!, ¿Sólo me merecía una respuesta escueta de apenas cinco líneas que seguía sin aclarar nada? ¿De verdad? ¿hasta el Administrador había recibido instrucciones de darme respuestas esquivas?

Sinceramente, ello era merecedor de una réplica por mi parte:

Pasaron las semanas y, un día a finales del mes de mayo del 2018, sorprendentemente, el cartero me hace entrega de un burofax que firmaban conjuntamente el Administrador y el Presidente.

¡Qué nervios!, ¡Sería, por fin, esa ansiada respuesta esclarecedora que tanto tiempo llevábamos esperando tanto el Equipo Vecinal como yo?

No tenía desperdicio. Rescato algunas afirmaciones y frases interesantes y dignos de comentario. Empieza la respuesta dándome las “gracias por mi interés en las cuentas” ¡Qué detalle!

Prosigue: “…efectivamente, se han detectado errores (contables) arrastrados…” (¡noooo!, ¿en serio?, esto promete)

“…errores sumatorios, nunca de desviación de fondos u ocultación…”(menos mal, si ya me lo afirman ellos que son el fiel reflejo de la transparencia…)

“…trataremos de responder en la medida de nuestras posibilidades y conocimientos…” (tampoco es que yo les hubiese presentado una formulación algorítmica compleja, pero, en fin…)

“..tenga en cuenta que en su escrito recoge manifestaciones desafortunadas…” (siento herir sensibilidades)

“Con respecto al balance se han omitido algunas cuentas por no seguir un criterio empresarial… (curiosa afirmación. Quédense con el dato porque más adelante se desquitan con lo contrario. ¿En qué quedamos?)

“…consideramos que sus números no son correctos, en la medida que arrastran un saldo del ejercicio 2015 que no es el que consta en la contabilidad…” (Efectivamente. Es un hecho que los gastos sumaban 270.988,50€ y no 265.533,37€ ¿Dónde está la incorrección? Los datos los han facilitado Uds. No yo. Es simplemente sumar)

“En los gastos del 2017, confirmar que existen errores que son arrastrados en algunas sumas…” (bla, bla, bla…)

“En cualquier caso, las cuentas y sus justificantes las tienen uds. desde el pasado mes de agosto del 2016, cuando se presentaron en la junta de dicho año, y desde entonces no se ha comentado nada, ni se ha solicitado la revisión de las facturas, ni explicación de las mismas” (Se las pido ahora, pues se acordó en la junta de agosto del 2016 en que se someterían a revisión y quedarían pendientes de revisión así como de una posterior aprobación en la siguiente junta debido a un defecto de forma. Y, resulta que en esta junta tampoco se ha procedido a subsanación alguna. Todo lo contario)

Me resultó graciosa una de sus respuestas en relación al cuadro Excel que les hice llegar con todas las correcciones contables. Me indicaban que “lamentablemente, no entendemos el cuadro que presentan como alternativa”

¿No os parece genial esta respuesta? Si no debería de entrañar mayor dificultad para “un profesional suficientemente cualificado, con medios técnicos y humanos necesarios”, ¿no?

Esperen, esperen…. Si pensaban uds. que ya lo habían leído todo, ahora viene una frase de las más apocalípticas del administrador y el Sr. Presidente (además de muy profesional):

Parece que su interés en reconstruir la contabilidad sin tener a la vista los soportes documentales, tiene una finalidad política y de reproche hacia la actual Comisión Rectora,, por lo que no vamos a entrar en el juego de la desestabilización y la polémica, con intereses claramente subjetivos, como ha venido demostrando activamente en las juntas celebradas, donde intenta monopolizar las mismas, sin criterio, conocimiento y cansancio de propietarios que terminan espantados con sus infundadas alegaciones y muchos de ellos delegando su voto

Como diría una de mis hijas: – ¡Mamá, lo estoy flipando! –

¡Años de carrera en Empresariales y Económicas y resulta que no tengo criterio ni conocimientos! ¡Qué depresión!

Desde luego, esta respuesta era la perfecta caricatura resumen de todo el entramado. Y en esta línea siempre eran todas sus respuestas.

¿Se han percatado que todo eran palabras y frases vacías de contenido, sin sentido y evitando dar respuesta a datos concreto?

Vamos a ver, si no teníamos razón ¿por qué, en vez de gastar ríos de tinta y tiempo en respuestas esquivas, no nos indicaban donde estaba el error numérico de nuestras correcciones contables y afirmaciones y presentarnos las cuentas correctamente?

Por tanto, insisto, ¡teníamos razón! Lo que nos cargaba de motivos para seguir reclamando lo que en derecho nos correspondía.

Al menos nos dejaron una puerta entreabierta poniéndose “a nuestra disposición para comprobar y ratificar las cuentas (…) previa cita (…) en la oficina de la Comunidad”.

¡Fantástica noticia! ¡A buscar día y hora!

Pero la epístola prosigue en relación a una pregunta previa que les lancé respecto de una aclaración con el asunto de comisiones bancarias: “las comunidades de propietarios están considerados a todos los niveles como empresas, por lo que los bancos los tratan como tal y siempre cobran comisiones…” (pero, ¿no habíamos quedado en que “no se seguía un criterio empresarial”?)

En cuanto a mi cuestión relacionada con un incremento de la partida de “Gastos de Personal” de un 5% tal y como habían afirmado en la junta de propietarios, su respuesta no tenía desperdicio:

El costo total anual (nóminas, sin contar vestuario, gratificaciones, servicios extras, servicios de gestoría) de los seis trabajadores es: 147.301,04€ en el 2017

Nosotros afirmamos que el incremento, en cuanto a subidas salariales, que correspondía a un escaso 5%, suponía un incremento en la partida de gastos de personal de unos 7.365,52€ en el ejercicio 2017. Pero, entonces ¿con qué se justificaba un incremento de dicha partida en el 2018 con respecto al 2017, nada menos que de 112.218,96€, señores? Esos eran las cifras que nos daba el Administrador y el Presidente. ¡Nosotros ni quitábamos, ni poníamos!

Y la última, como colofón final y con la sabiduría Sapiens-Sapiens de ambos (más delito tenía el administrador. De ser colegiado, la Ley de Propiedad Horizontal, así como el contenido de nuestros Estatutos se la debería de saber. Y como tal, esta respuesta jamás la hubiese dado), su repuesta a la pregunta de ciertas partidas de “Despidos/liquidaciones de personal” con la que nos habíamos topado y nadie había comentado, ni tan siquiera ratificado en Junta de Propietarios:

“Desde que existe esta comunidad y por estatutos todas las contrataciones y despidos las propone el presidente y se deciden en comisión rectora. Nunca se ha despedido sin causa justificada. Para eso existe una comisión rectora, para no tener que convocar juntas cada vez que se va a tomar una decisión, ya que las convocatorias son carísimas. No es cierto, que hayan gastado 52.206,62€ más por despedir a estos trabajadores, consideramos que en este apartado manipula Ud. las cifras, para confundir, imaginamos, a otros vecinos”

Ya vimos en capítulos anteriores que esto es una falacia como una catedral, pues tengo tres sentencias judiciales de tres ex empleados que indican lo contrario, además de que el propio administrador incluyó durante varios ejercicios la partida de “liquidación por despido” en la propia contabilidad ¡Qué torpeza! Insisto, ¡Sr. Presidente, le va a crecer la nariz!… ¿nos rechista una convocatoria a Junta y, en cambio, no le tiembla el pulso para meternos, a capón, una factura suya, personal, de representación letrada?

Y lo de los Estatutos ….¡imperdonable!… esto es lo que dicen los nuestros:

Sr. Administrador, Sr. Presidente, me van a permitir sugerirle un artículo de mi buen amigo Miguel Fernández, administrador en Madrid y Guadalajara en relación a las limitaciones de un Presidente en materia de despido del personal: https://adminfergal.es/las-limitaciones-como-presidente-de-una-comunidad-de-propietarios/

“El Presidente como representante legal de la Comunidad, es competente para el despido de un portero, conserje o cualquier personal empleado de la Comunidad, ahora bien, si cuando en la Junta se pida explicaciones y no se ratifique la decisión del Presidente, llevaría en caso de despido, la recuperación del puesto de trabajo. Si el Presidente ha generado el despido con abuso de derecho se le podrían reclamar los daños y perjuicios correspondientes.”

Además de lo que indica el propio artículo 14.1 de la Ley de Propiedad Horizontal al respecto:

Corresponde a la Junta de propietarios:

  1. Nombrar y remover a las personas que ejerzan los cargos mencionados en el artículo anterior y resolver las reclamaciones que los titulares de los pisos o locales formulen contra la actuación de aquéllos.

Por tanto, lo único donde parecía haber un compromiso por su parte, era en darnos acceso a las cuentas y resto de documentación contable…. ¿sería verdad?

Continuará…

Titánide Temis

Otros capítulos de Titánide Temis que pueden ser de vuestro interés:

Etiquetas:

Puede que le guste también

Deja un comentario

Your email address will not be published. Required fields are marked *