Ascensores unifamiliares en edificios, ¿es posible?
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Por todos es sabido que los ascensores unifamiliares, también llamados de velocidad reducida, tienen un coste muy inferior al de los ascensores convencionales. Es por ello que muchas comunidades con un escaso número de vecinos, se plantean la posibilidad de instalar un ascensor unifamiliar en vez de uno convencional. Pero… ¿es esto posible?
Si tu comunidad se está planteando esta opción, en este artículo te sacamos de dudas. Además, te informamos de los modelos que existen en el mercado según su accionamiento.
Ascensores unifamiliares en comunidades de vecinos, ¿sí o no?
Para esta duda existencial de muchos vecinos que quieren ahorrase dinero en la instalación de un ascensor, la respuesta es clara, y siento decir que no, no es posible.
La legislación es contundente al respecto e indica que este tipo de elevadores son de uso exclusivo para una única familia. Es decir, independientemente de cómo sea el edificio (número de puertas, número de plantas…), si este está constituido como comunidad de vecinos, no podrá instalar un ascensor unifamiliar.
Existe alguna excepción, como su instalación en un dúplex al ser de uso particular y previo estudio de viabilidad, pero en ningún caso cuando se cumpla el párrafo anterior.
En cuanto a su fabricación, aunque este tipo de elevadores están regulados y requieren de mantenimiento y registro en el RAE, no están diseñados para una frecuencia de uso elevada, como se produce en cualquier comunidad.
Además, la velocidad de elevación permitida es de 0,15 m/s, realmente baja, por lo que podría desesperar a cualquier vecino que esté esperando el ascensor, y más si tiene que subir varias plantas.
Todos estos motivos hacen que la instalación de un ascensor unifamiliar en un edificio de vecinos sea inviable, ya sea eléctrico, hidráulico o neumático.
¿Existen alternativas al ascensor convencional para hacer accesible un edificio?
Actualmente existen en el mercado otras opciones de elevación diferentes al ascensor convencional, como pueden ser las plataformas salvaescaleras o las sillas salvaescaleras. En el caso de esta última, no se conseguiría una accesibilidad universal al necesitar la ayuda de otra persona para poder acceder a la misma desde una silla de ruedas y viceversa. Además, su instalación se hace mucho más complicada según se incrementa el número de plantas, haciendo que sea casi imposible en algunos casos.
En definitiva, para hacer la comunidad de propietarios un lugar accesible para todos los vecinos, la mejor alternativa es instalar un ascensor a ras de suelo (cota cero).
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Fdo. Miguel Fernández
Administrador de Fincas en Madrid
Buenas tardes, pueden indicar el articulo (p.e. referente a la normativa urbanística en Madrid como sería su caso, o a la nacional como el Código Técnico) en el que se corrobore su argumento respecto a que la «legislación es clara»? Muchas gracias
Buenos días:
Le recomiendo que para cual quier duda en relación a este artículo hable directamente con:
SHE-Elevator
E-mail: info@she-elevator.com
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Ctra. Alberic- Alzira km 6,5 (CV550, 46600 Alzira, Valencia
Un cordial saludo
Miguel
691564359