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Sentencias sobre servidumbres en la propiedad horizontal

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Sentencias sobre servidumbres en la propiedad horizontal

En nuestra web se ha comentado en diferentes ocasiones asuntos relacionados con la servidumbre, así tenemos los siguientes artículos relacionados con este tema:

Dice Wikipedia sobre las servidumbres que: “En el derecho, servidumbre es la denominación de un tipo de derecho real que limita el dominio de un predio denominado fundo sirviente en favor de las necesidades de otro llamado fundo dominante perteneciente a otra persona”.

Toda la cuestión sobre servidumbres figura en el código civil. Artículo 530 y siguientes. Haciendo un resumen del código civil tenemos el titulo VII, de las servidumbres, el capítulo primero de la servidumbre en general, el capítulo II de las servidumbres legales, el capítulo III de la servidumbres voluntarias.

Las servidumbres van desde el artículo 530 al artículo 604 del Código Civil

A destacar a mi entender las siguientes secciones:

  • Servidumbres de paso (art. 564 al 570)
  • Servidumbre de medianería (art. 571 al 579)
  • Servidumbre de luces y vistas (art. 580 al 585)

Con la ayuda de Sepin vamos a indicar las últimas sentencias relacionadas con las servidumbres a tener en cuenta en propiedad horizontal durante los años 2021 y 2020:

AP Burgos, Sec. 3.ª, 29-3-2021

No acreditando el demandado la existencia de servidumbre de luces y vistas o adquisición prescriptiva de la misma, debe estimarse la demanda de retirada de los huecos que proyectan sus vistas sobre el patio común de uso privativo.

AP Jaén, Sec. 1.ª, 25-3-2021

Los gastos de contribución del predio dominante a los gastos comunitarios del sirviente quedan determinados en la escritura de constitución de servidumbre de paso y no en los estatutos de la comunidad de propietarios sirviente.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 3-3-2021

Es válida la instalación de una chimenea, teniendo en cuenta el destino del local, permitido en los estatutos, así como la interpretación de las obras autorizadas en los mismos \ La instalación de una chimenea no supone la constitución de una servidumbre en elementos comunes, sino tan solo una obra, en este caso, autorizada estatutariamente.

AP Zamora, Sec. 1.ª, 19-2-2021.

No perdiéndose la funcionalidad ni habitabilidad del local, debe declararse válida la constitución de servidumbre sobre una parte de la superficie del local para la instalación del ascensor.

AP Guadalajara, Sec. 1.ª, 3-2-2021

Es procedente la constitución de servidumbre para la instalación de ascensor cuando corresponde a la solución más idónea y no afecta a una proporción superlativa de la superficie.

AP Valladolid, Sec. 1.ª, 18-1-2021

No cabe modificar el título constitutivo de las parcelas afectadas por la servidumbre de uso de la piscina y la pista de pádel cuando la exención de pago para el mantenimiento de ambos se contiene en el título de constitución de servidumbre.

AP Guipúzcoa, Sec. 2.ª, 15-1-2021

Constituida la servidumbre de paso a favor de unas comunidades, estas son las que deben realizar las obras de mantenimiento del elemento afectados por la misma y no puede exigirse a las comunidades que constituyen el predio sirviente.

AP Álava, Sec. 1.ª, 16-12-2020

Siendo la servidumbre a favor de la comunidad y la terraza responsabilidad de esta es ella la que debe ser condenada a la reparación de los daños por las filtraciones.

AP Guipúzcoa, Sec. 2.ª, 19-11-2020

La naturaleza del Contrato de Servidumbres Voluntarias para Ascensor no tiene una naturaleza extracomunitaria como defiende la parte apelante, sino que, por el contrario, hunde su sentido total en el ámbito de la Propiedad Horizontal.

AP Madrid, Sec. 9.ª, 15-10-2020

Existiendo otras opciones para la instalación de la plataforma elevadora, no queda justificada la imposición de servidumbre a la comunidad de bienes del garaje siendo este un bien privativo.

AP Salamanca, Sec. 1.ª, 9-9-2020.

La instalación de una chimenea extractora de humos por parte del propietario del local no perjudica la seguridad del edificio, pero sí a su estética y al derecho de vistas, suponiendo una servidumbre negatoria de vistas que requiere unanimidad previa.

AP Madrid, Sec. 12.ª, 19-6-2020

El hecho por el que el propietario del local ubicó en el patio común los equipos de aire acondicionado y extracción del local, ocupándolo, excede de la servidumbre de acceso que tiene reconocida, disponiendo de los elementos comunes de manera estable.

AP Madrid, Sec. 25.ª, 25-5-2020

No hay abuso de derecho de la comunidad por no permitir anclar a la fachada la chimenea del local cuando no existe servidumbre que ampare dicho anclaje y se causan daños a la fachada.

AP Madrid, Sec. 8.ª, 25-5-2020

Aun ostentando el propietario del local servidumbre de paso a su favor, no es preciso para hacer efectiva la misma desinstalar el ascensor cuando se puede satisfacer dicho derecho abriendo otra puerta al patio para comunicar los locales.

AP Guipúzcoa, Sec. 2.ª, 15-5-2020

No superándose la altura de los edificios en las obras de unión llevadas a cabo por el comunero y previéndose dicha unión de inmuebles en los estatutos, no cabe estimar la vulneración de servidumbre alguna.

AP Vizcaya, Sec. 3.ª, 30-4-2020

No solicitando el actor cantidad liquida de indemnización por servidumbre de instalación del ascensor no implica renuncia a ella pues solicitó la instalación de un falso techo para la protección del cableado que debe ser ejecutado por la comunidad.

AP Huesca, Sec. 1.ª, 14-4-2020 Cuando la creación de una servidumbre por la instalación de un ascensor supone la pérdida de habitabilidad y funcionalidad del espacio privativo, el propietario no está obligado a aceptar el acuerdo y menos sin resarcimiento de daños y perjuicios.

AP Málaga, Sec. 5.ª, 13-3-2020

La apertura de huecos en un elemento común de la Comunidad de Propietarios nada tiene que ver con un derecho de servidumbre, cuyo uso comparten ambos propietarios de los locales litigantes en un edificio sometido al régimen de propiedad horizontal.

AP Valladolid, Sec. 1.ª, 9-3-2020

No habiendo impugnado el acuerdo de instalación de ascensor, no pueden alegar su nulidad en procedimiento posterior sobre constitución de servidumbre para tal instalación.

AP A Coruña, Santiago de Compostela, Sec. 6.ª, 14-2-2020 Si no es posible accionar el derecho de uso del pasillo por el local interpretando los estatutos, es posible que el uso pueda derivar de la constitución de un derecho real de servidumbre.

AP Madrid, Sec. 11.ª, 22-1-2020 El propietario y ocupante del local debe permitir el acceso al mismo para la realización de obras en la red de saneamiento comunitaria sin que ello altere las servidumbres existentes, al reponer luego las instalaciones a la situación inicial.

AP Madrid, Sec. 13.ª, 21-1-2020

No puede alegarse que la comunidad no justifique las cuotas que reclama por contribución a los gastos de servidumbre de paso cuando las mismas fueron expresamente acordadas en su día con los demandados.

AP Guipúzcoa, Sec. 2.ª, 17-1-2020

Conociendo la propietaria que el muro donde abre la puerta de acceso era medianero de su comunidad y de la colindante, debería haber solicitado autorización a ambas comunidades para establecer dicha servidumbre, existiendo además acceso alternativo.

AP Madrid, Sec. 11.ª, 19-12-2019

Debe reconocerse la existencia de la servidumbre de gases al estar instalado el tubo del local en la fachada comunitaria desde hace más de 20 años, operando la prescripción adquisitiva

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Fdo. Miguel Fernández

Administrador de Fincas en Ávila, Madrid y Guadalajara

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2 Comentarios

  1. jose 13 junio, 2023

    si un propietario de un local que esta bajo unas viviendas se opone a que se repare una tuberia de desague de la comunidad cuando se esta produciendo un atasco en una bañera de un propietario de vivienda producida por la no actuacion sobre la tuberia de desague que esta en el local y llevamos asi varios dias, quien se responsabiliza de esos daños que esta produciendo la negativa del señor del local a dejar pasar por su local y que se pueda actuar y arreglar el problema del atasco?
    Gracias. es urgente la respuesta

    Responder
    1. Miguel Fernández 22 junio, 2023

      Buenos días Jose:
      Si efectivamente el atasco se sabe que se produce en el local y que esto está perjudicado a uno de los propietarios se le debe recordar a este propietario lo que se indica en el artículo 9 de la ley de propiedad horizontal que dice lo siguiente, en los siguientes apartados:
      b) Mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder.
      c) Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la realización de obras, actuaciones o la creación de servicios comunes llevadas a cabo o acordadas conforme a lo establecido en la presente Ley, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados.
      d) Permitir la entrada en su piso o local a los efectos prevenidos en los tres apartados anteriores.
      Recomendaría si es posible un informe técnico del posible atasco. Si el propietario del local no deja acceder para el arreglo de la tubería de desagüe recomiendo que se denuncie este tema ante el juzgado, si fuera necesario.
      Un cordial saludo.
      Miguel
      691564359

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