Obligación de entregar las cuentas a un propietario que lo solicita
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Obligación de entregar las cuentas a un propietario que lo solicita
P: Buenas tardes, me dirijo a Vds. con relación a la obligación de entregar las cuentas a un propietario que lo solicita, por si me pueden orientar sobre un problema que tenemos en la comunidad. En mi Comunidad hay un propietario que no paga desde mediados del 2014, le hemos pedido que pague la deuda pendiente y nos dice que quiere ver primero las cuentas de la Comunidad para ver los gastos y a ver si todo el mundo está al corriente de pago. Este Sr. tiene derecho a pedirnos ver las cuentas, porque dice que si no las vé, el no va a pagar ni un euro. Gracias.
R: Este Señor tiene el derecho y el deber que tienen todos los propietarios y es el de revisar las cuentas de la comunidad, ver la situación del balance, la cuenta de ingresos, la de gastos y la justificación del saldo. Ahora donde tiene el derecho de verlo?. Se supone que en las cuentas que se entregan anualmente, puede ver las deudas pendientes que tienen los diferentes propietarios con la comunidad. También lo podrá ver en los balances trimestrales si existen, etc.
Lo que no puede hacer un propietario, es dejar de pagar amparándose en que no tiene información de las cuentas cuando se supone que al menos una vez al año está informado a través de la Junta General Ordinaria. ESPERO QUE ASÍ SEA.
Si Vds. ven que dicho propietario no paga y pone cualquier justificación para no hacerlo, deben en la próxima junta general iniciar la aprobación para certificar la deuda e iniciar el procedimiento judicial correspondiente.
No se olviden de todas formas que debe haber una total transparencia. Si pueden darle la información que solicita a través del Presidente y Administrador, mejor. Que no quede dudas, para que después tampoco haya dudas a la hora de formular la denuncia o el procedimiento monitorio.
Les adjuntamos varios enlaces de nuestro sitio web por si fueran vuestro interés:
Ochenta y seis obligaciones de los vecinos en la Comunidad según la Jurisprudencia
Obligación de la presentación de un extracto bancario a un propietario
Fdo. Miguel Fernández
Administrador de Fincas en Madrid y Guadalajara
Estimado Señor,
El 23-oct-2018 envié burofax al Administrador pidiendo incluir en el Orden del Día la presentación del Balance 2018 (la Convocatoria se realizó el 13-diciembre-2018, y presenta con retraso el Balance del 2017).
Es viable impugnar el Acta completa, al no rendir cuentas del año en curso ???
Como siempre, agradezco su paciencia y amabilidad para responder
Un saludo
Estimado Jorge.
Dice el artículo 16.1 de la ley de propiedad horizontal lo siguiente:»1. La Junta de propietarios se reunirá, por lo menos, una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el Presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen, al menos, el 25 por 100 de las cuotas de participación.
Si la convocatoria la hace en diciembre del año 2.018 en diciembre lo normal es que se aprobara también las cuentas del año 2.018 hasta noviembre, no pudiéndose cerrar a Diciembre porque no ha finalizado el mes de Diciembre de 2.018.
Por otra parte vd. envió un burofax con fecha 23-10-2018 donde solicitaba que se añadiera el punto del orden del día de la inclusión del balance del año 2.018, algo que ni siquiera era necesario porque se entiende que se deberían aprobar las cuentas del año 2.018 y los presupuestos del año 2019.
Si a pesar de la lógica en la gestión anual y de que vd. lo ha solicitado previamente en el burofax, está en su derecho de solicitar la impugnación. Esta impugnación entiendo que se debería de dar por la no inclusión de un punto del orden del día necesario para la toma de decisiones, que además viene claramente estipulado en el artículo 16.1 de la LPH y que a pesar de ello no se ha celebrado. La no inclusión de este punto y que se debe de incorporar por ser parte de los gastos generales de la comunidad, supone un perjuicio importante para la marcha de la misma.
Mi opinión en este caso, es la que defiende muchos magistrados de anular la Convocatoria.
Saludos.
Miguel
691564359
Buenas tardes: Necesito ver los extractos bancarios de las aportaciones realizadas a la cominidad, ya que no encuentro los justificantes de pago realizados en efectivo en la entidad correspondiente. La administradora de la finca me dice que por la ley de protección de datos no puede enseñarme los. (Verlos delante de ella)
Estimada Rosa:
Vd. tiene todo el derecho de ver los extractos bancarios de la Comunidad, pero debe de hacerlo en el despacho del administrador. Entiendo que será en fechas determinadas y será fácil su localización.
Saludos
Miguel
691564359
Puedo pedir una copia del extracto bancario de la cuenta de la comunidad al administrador. Solo quiero saber el saldo actual de la cuenta
Muchas gracias
Buenos días.
Puede solicitarlo y la obligación del administrador es la de enseñárselo en el propio despacho.
Saludos.
Miguel
691564359
Buenos dias. En mi Comunidad de Propietarios siempre se ha realizado la Junta General ordinaria a primeros del mes de enero. Este año, por razones que ignoro, la Junta se ha celebrado el 11 mayo y el Administraor ha facilitado las cuentas del 2021 cerradas al 31 de diciembre 2021. ¿Tenia que haber incluido las cuentas del 1 de enero a 30 de abril de 2022?. Yo asi lo he solicitado a la Presidenta de la Comunidad, pero no me han hecho caso,
Muchas gracias
Estimado Angel:
Como se está celebrando la información al 31/12/2021, lo lógico es que se le de información a esa fecha. Se tienen que hacer los gastos a esa fecha y el presupuesto del año 2022. Sabemos que este año 2022 está siendo un año muy atípico debido al tema del confinamiento. Creo que tiene que tener paciencia para que el año que viene le puedan entregar las cuentas con mas prontitud. Desgraciadamente nos está pasando a casi todos.
Saludos
Miguel
691564359