Buscar

Publicación del BLOG

Administración de Fincas Comunidades de Propietarios Foro

La Presidenta de Comunidad se apropia indebidamente de 17.000 €

Compartir
La Presidenta de Comunidad se apropia indebidamente de 17.000 €

La Presidenta de Comunidad se apropia indebidamente de 17.000 €

P. Buenas noches, hace un mes que he sido nombrada presidenta de la comunidad pero hasta la fecha la anterior presidenta no ha entregado el dinero que había de fondos, unos 17 mil euros. Hicimos una junta extraordinaria para informar a los vecinos pero ese mismo día enseñó una copia de una transferencia (en móvil, no entregó justificante alguno) por lo que decidimos esperar a que al día siguiente entrara en la cuenta. He de decir que la comunidad no ha sido gestionada por ningún administrador ni siquiera tenía cuenta bancaria, la hemos abierto ahora. El dinero lo tenía en su cuenta y por un problema personal se lo han embargado, por lo que no puede devolverlo ahora. Mi pregunta es, es decisión de la Junta iniciar los trámites para demandarla o puedo hacerlo sin acuerdo? Considero que es una apropiación indebida verdad? Como serían los trámites, primero hay que hacer la Junta, enviar burofax y luego demandar? Se puede acordar darle un plazo amplio para la devolución? Estoy un poco perdida. Y los vecinos que tienen deudas, pueden votar en esa Junta para iniciar los trámites?

Muchas gracias

R. Buenos días
Agradezco su e-mail porque ratifica lo que de forma permanente recomendamos a través de nuestra web, que la administración de una finca hay que dejarla en manos de profesionales y no nos podemos permitir dejarla en manos de ningún propietario, porque pueden pasar estas cosas a las que vd. hace referencia. Parece imposible que pasen estas cosas, pero pasan. Por favor piensen que si este problema lo hubieran tenido con un Administrador de Fincas Colegiado, cuestión improbable, hubieran podido hacer la reclamación al Colegio pertinente, se hubiera sancionado al Administrador y se hubiera recuperado el dinero en caso de que hubiera desaparecido por un importe de 25.000 € por el seguro de caución.
Cualquier actuación que se vaya a realizar tendrá que tener la aprobación previa de la junta de propietarios. En esta junta se debe de aprobar el realizar las acciones judiciales pertinentes, así como delegar en la Presidenta para que busque abogado y procurador para la puesta en marcha de la demanda.
Le recomiendo varias cosas a realizar. Antes de nada contratar un Administrador de Fincas para revisar las cuentas y hacer una pequeña auditoria de todos los movimientos habidos en los últimos años y verificar que lo que se va a reclamar coincide con lo que supuestamente la anterior Presidenta tiene que devolver. Mi consejo es que se mantenga vd. al margen de este tema y lo delegue en el secretario-administrador que vayan a contratar. Si es en Madrid, le podríamos ofrecer nuestros servicios, además le facilitaremos una abogada experta en temas civiles para hacer la demanda correspondiente si procede. Si fuera en otra ciudad tenga en cuenta este primer paso. Todo lo barato al final sale caro.
Si a pesar de mis recomendaciones, insisten en hacerlo vds., hay que convocar una Junta, informar del dinero que se ha llevado la Presidenta, dar el visto para iniciar la demanda y delegar en la presidenta para realizar las actuaciones necesarias con abogado y procurador. Es evidente que hay que avisar a la propietaria mediante burofax para que devuelva la cantidad que de forma inapropiada se ha quedado dándole un plazo de 15 días (mas o menos para su devolución), sino responde, iniciar el procedimiento judicial.
Con respecto a los vecinos que tienen deudas pendientes, podrán estar presentes en la reunión, tendrán voz pero no voto.
Un cordial saludo.
Miguel

Otras preguntas que pueden ser del interés del lector:

Representación Junta Propietarios y delegación voto en Administrador por ausencia

Morosidad y derecho a votación en junta de propietarios

Fdo. Miguel Fernández

Administrador de Fincas en Madrid y Guadalajara

Etiquetas:

Puede que le guste también

2 Comentarios

  1. Carmen Parrondo López 31 agosto, 2018

    Buenos días,
    Gracias por su comentario, es justo lo que pensaba. El problema que se suma es que de los vecinos que hay, no conseguiré la mayoría para iniciar los trámites, ya que de 10 vecinos, 4 son «amigos» y el resto que sí estamos al corriente somos 3, otros 3 tienen deudas. La anterior presidenta y vicepresidenta, la cual considero que tiene responsabilidad también y también la demandaría, pueden votar?
    También quería agradecerle la eficacia de este foro a través del cual he resuelto algunas dudas que tenía sobre otros temas.

    Responder
    1. Miguel Fernández 31 agosto, 2018

      Buenos días.
      Menudos amigos, aquellos propietarios que prefieren no demandar a pesar de tener la Presidenta una deuda con la comunidad de 17.000 €. En fin…..
      Efectivamente para poder tramitar la demanda necesita la conformidad de la mayoría de la junta de propietarios, o sea 6 vecinos para ser exactos si es en 1ª convocatoria y la mayoría de los allí presentes si es segunda convocatoria. La anterior Presidenta podrá votar siempre que esté al día de las deudas con la comunidad.
      Un saludo.
      Miguel.

Deja un comentario

Your email address will not be published. Required fields are marked *