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El Seguro en las Comunidades de Propietarios

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El Seguro en las Comunidades de Propietarios

El Seguro en las Comunidades de Propietarios

Cuantas veces nos hemos encontrado en una Junta General con los propietarios de una Comunidad y ha salido la conversación  sobre la necesidad legal  de tener un Seguro para la Comunidad. En Madrid por ejemplo, dice el artículo 24 de la Ley 2/1999, de 17 de Marzo, de Medidas para la Calidad de la edificación  lo siguiente: “Todo edificio deberá estar asegurado por los riesgos de incendios y daños a terceros”

Por otra parte, el art. 9.1 f) de la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal sugiere que con cargo al fondo de reserva se podrá suscribir un contrato que cubra los daños causados en la finca, por lo que la Comunidad de Propietarios debería ser el responsable de suscribirlo.

Cada Comunidad de Propietarios necesita un seguro a medida de sus necesidades, por lo que se hace imprescindible que cuando se solicite un seguro se notifiquen las particularidades de la Comunidad con objeto de optimizar las cláusulas del seguro y el precio del mismo. Por ejemplo, no es lo mismo el coste del seguro en una Comunidad que tiene todas las tuberías de las bajantes transformadas y rehabilitadas a aquella Comunidad que no lo tiene.

Si nos atenemos a las coberturas que pueden tener una Comunidad deberemos prestar atención a todas las que puedan ser necesarias implantar a la comunidad. Enumeramos algunas de ellas:

  • Incendios, explosión y caída del rayo.
  • Responsabilidad civil ante terceros.
  • Daños sufridos por plantas y árboles.
  • Roturas y desperfectos por lluvias, vientos, pedriscos, etc.
  • Colisión de vehículos y caída de aeronaves.
  • Daños por daños por agua.
  • Desbarre y extracción de lodo.
  • Robo, atraco y hurto.
  • Cristales, espejos, mármoles, granitos, etc.
  • Reforma jurídicas y asistencia
  • Gastos por exceso de consumo de agua.
  • Daños eléctricos.
  • Roturas de lunas y lozas sanitarias comunitarias.
  • Garantías extras por actuaciones de la Junta de gobierno.
  • Placas solares y fotovoltaicas.
  • Daños estéticos comunitarios y privados.
  • Reposición de archivos y documentación.
  • Servicio de vigilancia.
  • Control de plagas.
  • Perdida de alquileres.
  • Control de plagas.
  • Disposición de equipos profesionales para obras de reforma, reparación o mantenimiento de las instalaciones.
  • Daños por goteras
  • Servició de atención al cliente las 24 horas.
  • Rotura de maquinaria.
  • Alojamiento por desalojo para la reparación de daños materiales.
  • Limpieza de grafitis.
  • Hundimiento, desprendimiento o cerramiento del terreno.
  • Vehículos de garaje.
  • Asistencia sanitaria urgente a las personas aseguradas por robo.
  • Accidentes personales de empleados.
  • Servicio de Inspección Técnica de Edificio
  • Servicio de inspección de pocería.
  • Daños procedentes de edificios colindantes.
  • Infidelidad de empleados.
  • Asistencia Jurídica.
  • Daños estéticos.
  • Ruina total del edificio y gastos de demolición.
  • Malversación de fondos.

Cuando contratamos un seguro de comunidad, debemos verificar si las garantías que cubren, se cubren al 100% o si existen franquicias.

Importante es saber que según la memoria elaborada por Unespa, los siniestros más frecuentes son los daños producidos por agua, como filtraciones por lluvia o una tubería en mal estado, por detrás de este siniestro se encuentra las denuncias por Responsabilidad Civil.

Aunque existen sitios web donde realizan comparativas de seguros, nosotros por nuestra experiencia en el despacho, seguimos apostando por las Corredurías de Seguros, la forma de trabajar y su preocupación personalizada dan un valor añadido a la propia póliza. El Corredor del Seguro realiza un minucioso análisis objetivo de todos aquellos riesgos que pudieran afectar a la actividad de la Comunidad de Propietarios., proponen mejor cobertura con las diferentes opciones que el mercado presenta, buscando los mejores precios y un buen servicio. Se preocupan de la actualización de los bienes asegurados, adecuando la cobertura a las nuevas situaciones.

No quiero terminar este post, sin dar las gracias al colaborador de nuestro web experto en seguros D. José Silva https://goo.gl/Ri5CEm por las aportaciones que realiza a través de su blog en todo lo relacionado con el Seguro y sus diferentes modalidades.

Puedes ver el vídeo de este artículo en la siguiente dirección de Youtube:

Adjuntamos otros artículos que esperamos sean de su interés.

Desafectación de un elemento común en una comunidad de vecinos

Reglamento Instalaciones Protección contra incendios y repercusión en comunidades propietarios

Fdo. Miguel Fernández

Administrador de Fincas en Madrid y Guadalajara

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