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Coordinación de Actividades Empresariales en Comunidades Propietarios

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Coordinación de actividades empresariales en Comunidades propietarios

Coordinación de Actividades Empresariales en Comunidades Propietarios

Artículo realizado con el asesoramiento del  Grupo GTG

Puede que alguna vez hayas oído hablar de los coordinadores de actividades empresariales y que te hayas preguntado en qué consisten sus labores. Hoy vamos a informaros de todo lo que tiene que ver con la Coordinación de Actividades Empresariales.

La Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) es en definitiva un medio de comunicación que está al servicio de los empresarios para ayudarles en la gestión de la Prevención de Riesgos Laborales cuando coincidan con otros empresarios en un mismo centro de trabajo. Una obligación legal para que las empresas que coinciden en un mismo lugar de trabajo se adapten y se coordinen para acatar la normativa en relación a la Prevención de Riesgos Laborales.

¿PARA QUÉ SIRVE?

Las funciones que desempeña la Coordinación de Actividades Empresariales son muy claras:

  • Facilitar la organización empresarial en lo que se refiere a Prevención de Riesgos Laborales.
  • Prosperar en el acatamiento de las responsabilidades en cuanto a la gestión empresarial y Prevención de Riesgos Laborales.

Por tanto ¿QUÉ ES UN COORDINADOR DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES?

Si tuviéramos que resumirlo en un párrafo diríamos que la figura del coordinador de actividades empresariales es la persona a la que más caso se le hace por parte de la Inspección de Trabajo cuando se gestiona la coordinación con otras empresas concomitantes.

Pero, ¿es vital su presencia? ¿es obligatorio tener esa figura?

SÓLO SERÁ OBLIGATORIO EN LOS SIGUIENTES CASOS:

  • Siempre y cuando existan trabajadores de varias empresas que coincidan en un mismo lugar de trabajo.
  • En el momento en que una de las empresas ejerce como titular del centro de trabajo. Es decir, que el empresario contrata una actividad distinta a la del centro.
  • En el momento en que una de las empresas ejerce como principal. Es decir, que el empresario contrata un servicio que tiene que ver con su actividad.

¿QUÉ FORMACIÓN DEBE TENER EL COORDINADOR DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES?

Según el REAL DECRETO 39/1997, el coordinador de actividades empresariales deberá tener la formación correspondiente a las funciones de Técnico de Prevención en Nivel Intermedio.

¿QUIÉN DEBE DE NOMBRAR AL COORDINADOR DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES?

Siempre deberá ser el empresario titular del centro de trabajo la persona que se encargue de designar este puesto.

Como ves la Coordinación de Actividades Empresariales es ya una obligación legal que está en marcha en todos los centros de trabajos donde coinciden dos o más empresas. ¿Tienes alguna duda en cuanto a sus objetivos? ¡Deja tus dudas en los comentarios!

Puedes ver el vídeo de este artículo en el siguiente enlace de nuestro canal de Youtube:

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Fdo. Miguel Fernández

Administrador de Fincas en Madrid y Guadalajara

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