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Sentencias del Tribunal Supremo que fijan doctrina jurisprudencial en propiedad horizontal

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Sentencias del Tribunal Supremo que fijan doctrina jurisprudencial en propiedad horizontal

Estimados lectores, con la ayuda inestimable de Sepin les presentamos diferentes sentencias del Tribunal Supremo que crean jurisprudencia en el ámbito de la propiedad horizontal y que esperamos sean de vuestro interés.

Antes de ello indicamos lo que se quiere decir con el concepto jurisprudencia según la web conceptosjurídicos.com:

En la actualidad, se la concibe como la doctrina sentada por los Tribunales Superiores al interpretar y aplicar el derecho en sus áreas de conocimiento. El conjunto de sentencias dictaminadas por el organismo oficial consolida la jurisprudencia española.

Para sentar jurisprudencia y que se convierta en vinculante, es necesario cumplir con una serie mínima de requisitos. Así, según el Tribunal Supremo, existe jurisprudencia cuando:

  • La interpretación legal asumida por el Tribunal Supremo sea mantenida en cuestiones similares.
  • Que se mantenga de modo inalterable con el objetivo de garantizar la seguridad de las relaciones jurídicas.
  • Que existan por lo menos dos fallos idénticos o análogos de manera comprobable. Es decir, no basta para esto la cita de frases aisladas de una sentencia.

Ahora sí, veamos diferentes sentencias que han creado doctrina jurisprudencial en el ámbito de la propiedad horizontal

TS, Sala Primera, de lo Civil, 6-11-2013

  • Se reitera como doctrina jurisprudencial que los acuerdos que, adoptados en junta de propietarios, no sean radicalmente nulos y no hayan sido impugnados, son válidos y ejecutables.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 19-12-2008

  • Abuso de derecho frente a la negativa de un propietario al acuerdo que requiere la unanimidad. Doctrina Jurisprudencial

TS, Sala Primera, de lo Civil, 22-10-2013

  • La excepción para impugnar cuando un propietario no está al corriente de pago, se aplica también cuando el acuerdo se refiere a la modificación en el sistema de reparto de gastos.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 22-12-2008

  • Para el inicio del cómputo del plazo de la acción de impugnación se debe probar el conocimiento del acuerdo y no su mera existencia

TS, Sala Primera, de lo Civil, 22-10-2008

  • Es necesario el acuerdo unánime de la Comunidad para la instalación del aparato de aire acondicionado en la azotea, al estar prohibido en los estatutos.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 23-4-2014

  • La exoneración de pago de obras de adaptación o sustitución de ascensores no puede ser aplicada a la instalación de plataformas elevadoras que pretenden eliminar las barreras arquitectónicas.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 10-10-2011

  • La instalación de ascensor que supone la constitución de una servidumbre en espacio privativo siempre que no afecte a la habitabilidad, y con la indemnización oportuna, no requiere consentimiento del propietario afectado.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 29-2-2012

  • El arrendador está obligado a las reparaciones de los daños que afecten a las instalaciones privativas del local, pero no a los elementos comunes del edificio.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 24-10-2012

  • Reiterar como doctrina jurisprudencial que los contratos de arrendamientos de vivienda de portería requieren el acuerdo de las 3/5 partes.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 30-4-2010

  • Nulidad del acuerdo que modifica la forma de participación de los gastos de sustitución del antiguo sistema de calefacción, no adoptado por unanimidad.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 7-7-2010

  • Condena a retirar el cerramiento de la terraza por haberse realizado sin el consentimiento de la Comunidad debiendo reponerla a su estado original.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 20-5-2009

  • El cerramiento instalado en la zona de aparcamiento perjudica a los propietarios de los locales comerciales y altera elementos comunes por lo que debió ser decidido por unanimidad.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 15-6-2010

  • Fija como doctrina jurisprudencial que la convocatoria para la celebración de las Juntas exige, para la validez de los acuerdos que se adopten, que se fije en el Orden del día los asuntos a tratar.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 25-6-2013

  • Se reitera como doctrina jurisprudencial que las limitaciones o prohibiciones referidas a la alteración del uso de un inmueble en el ámbito de la propiedad horizontal exigen, para que sean eficaces, que consten de manera expresa y que la realización de obras que afecten a elementos comunes exigen para su validez, en general, el consentimiento unánime de todos los copropietarios, sin que la obtención de una licencia administrativa de ejecución de obra pueda eximir del cumplimiento de tal exigencia normativa.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 17-2-2010

  • Al considerarse como «estructura» del inmueble lo que forma parte de la fábrica de la edificación, como los forjados, la instalación de tubos en el techo del garaje que acceden a la planta superior precisa unanimidad.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 6-5-2013

  • Se reitera, como doctrina jurisprudencial, que las exenciones genéricas de gastos comprenden tanto los gastos ordinarios como los extraordinarios.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 29-5-2009

  • Frente al principio general de participación en los gastos comunes, sólo son individualizables los gastos que se prevean excluidos en el Título o Estatutos o aprobados por unanimidad. Doctrina Jurisprudencial.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 27-10-2008

  • El procedimiento monitorio para reclamación de deudas es aplicable a los complejos inmobiliarios con titularidad compartida sobre servicios o instalaciones. Doctrina Jurisprudencial.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 17-11-2011

  • Se reitera como doctrina jurisprudencial que la ejecución de obras en elementos comunes, tales como los forjados, los cuales conforman la estructura del edificio, requieren del consentimiento unánime.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 22-12-2010

  • Validez de la obra realizada por el propietario del local de apertura de tres huecos en la fachada del edificio, que no altera su seguridad ni perjudica a ningún propietario y está autorizada por los Estatutos. Doctrina Jurisprudencial.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 23-10-2008

  • La Comunidad aceptó tácitamente las obras de cerramiento de la terraza de la vecina al tolerarlo durante más de ocho años por lo que ahora no puede recurrirlas. Doctrina Jurisprudencial.

TS, Sala Primera, de lo Civil, 10-10-2011

  • El presidente debe estar autorizado por acuerdo válidamente adoptado en junta para ejercitar acciones judiciales en defensa de la Comunidad. Doctrina Jurisprudencial.

TS, Sala Primera, de lo Civil, Pleno, 10-5-2013

  • Se declara doctrina jurisprudencial que la expresión «hubieren salvado su voto», debe interpretase en el sentido de que no obliga al comunero que hubiera votado en contra, sino solo al que se abstiene.

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Fdo. Miguel Fernández

Administrador de fincas en Madrid, Ávila y Guadalajara

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