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Movilidad eléctrica del Programa Moves III de la C. de Madrid. Concesión de ayudas

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Antes de hablar del plan de ayudas para la movilidad eléctrica me gustaría comentar que es la movilidad eléctrica y como queda reflejado dicha propuesta en la Ley de Propiedad Horizontal.

La movilidad eléctrica es aquella que hace uso de uno o más motores eléctricos para generar la locomoción. Actualmente este tipo de movilidad ofrece soluciones para viajes y cargas pequeñas (con bicicletas, scooters y motocicletas eléctricas) hasta viajes largos y con carga pesada (con vehículos de transporte público eléctricos).

Una de las principales ventajas de la movilidad eléctrica es que mejora la calidad de vida de las personas al no emitir gases tóxicos. Asimismo, al prescindir de los motores de combustión, los vehículos eléctricos evitan la emisión de toneladas de gases de efecto invernadero lo que a su vez ayuda en la lucha para mitigar los efectos del cambio climático.

En el artículo 17.5 de la ley de propiedad horizontal apuesta por la movilidad y nos dice textualmente lo siguiente: “La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, solo requerirá la comunicación previa a la comunidad. El coste de dicha instalación y el consumo de electricidad correspondiente serán asumidos íntegramente por el o los interesados directos en la misma”.

Para promocionar la integración del vehículo eléctrico en nuestra vida se creó el RD 266/021 con el título: “Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.”, entre otras cuestiones este plan pretende promover la electrificación de la movilidad, el impulso a la industria y al sector empresarial asociado, y siguiendo la línea de ediciones anteriores del Programa MOVES, se aprueban dos programas de incentivos destinados a promover la movilidad eléctrica: programa para el fomento de la adquisición de vehículos eléctricos y programa de apoyo al despliegue de la infraestructura de recarga, que podrán ser financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en la medida en que resulten incluidos en el definitivo Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que se apruebe por las instituciones europeas competentes, existiendo crédito presupuestario con cargo a la aplicación presupuestaria 23.50.420B.748 «Al IDAE. Para la promoción de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, para lo que se consignará una dotación en el presupuesto del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico al que se encuentra adscrito.

Con objeto de dar el plan de viabilidad por parte del IDAE ha salido este pasado 22 de julio a través del BOCM la resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, en esta resolución se convoca la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica Moves III para los años 2021-2022 y 2023.

Que se subvenciona entre otras cuestiones:

  • Instalación de recarga de vehículos eléctricos a NIVEL PARTICULAR Y A NIVEL DE COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
  • Gastos derivados de la preinstalación para facilitar estas instalaciones, por ejemplo, bandejas, reestructuración de cuarto de contadores, proyectos y otros gastos relacionados con el tema de la instalación.

El importe máximo que destina la Comunidad de Madrid será de 52.974,173,05 € . Este importe irá destinado a:

  • Para actuaciones de preinstalación de recarga en comunidades, será del 70% del coste subvencionable, siempre que no supere los 800.000 € por expediente.
  • El plazo de presentaciones de solicitudes será hasta el 31 de diciembre de 2.023.

Quienes serán destinatarios últimos de las ayudas:

  • Las personas físicas que desarrollen actividades económicas que ofrezcan bienes/servicios en el mercado.
  • Personas físicas mayores de edad.
  • Comunidades de propietarios
  • Personas jurídicas, válidamente constituidas en España.
  • Entidades locales conforme al artículo 3 de la ley 7/1985.

También se indica en este extracto del 15 de julio de 2021 quienes no podrán ser destinatarios:

  • Concesionarios o puntos de venta, etc.

Importante es decir que el procedimiento de solicitudes se canalizará exclusivamente a través de los concesionarios/empresas de renting adheridos al programa Moves III y empresas instaladoras adheridas al programa MOVES III según proceda.

La presentación de la solicitud se deberá cumplimentar y tramitar de forma telemática, no nos olvidemos que el plazo máximo es hasta el 21 de diciembre de 2.023.

He de recordaros que la presentación de solicitudes será atendida por riguroso orden de registro hasta el agotamiento de los fondos.

Para las Comunidades supone un acicate importante y como Administrador de Fincas os animaría a las Comunidades a realizar un plan de acción en la comunidad que permita presentar este proyecto para aprovecharse de los fondos existentes. Recordar que el 70% de estos fondos irán al programa de apoyo para la adquisición de vehículos eléctricos y el 30% restante irán destinados al despliegue de infraestructura de recarga.

Un cordial saludo.

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2 Comentarios

  1. Xaneva 3 septiembre, 2021

    Hola buenas,
    Una vecina me acusa de ser la autora de los robos en buzones, de paquetes que dejan los repartidores soy propietaria, llevo tres años aquí y nunca tuve problemas con nadie, tengo un hijo pequeño y otro en camino ya pasó un año, dijo que me iba a denunciar y no me ha llegado nada, es normal que tarde tanto? y es muy grave el asunto? en nuestra comunidad no tenemos cámaras instaladas, gracias. Un saludo

    Responder
    1. Miguel Fernández 5 septiembre, 2021

      Hola Paula.
      Es evidente que la propietaria no puede denunciarla si no tiene pruebas para dicha denuncia. Mi recomendación con objeto de que estas controversias queden solucionadas es como bien dice vd. instalar unas cámaras, de esta manera se podrá comprobar cualquier robo que se haga y quien lo pueda hacer.
      Saludos.
      Miguel
      691564359

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