Cerramiento de Terraza con Cortina de Cristal sin Perfilería: Consideraciones y Jurisprudencia
Compartir
El cerramiento de terrazas es una de las reformas más habituales en viviendas de todo tipo, especialmente en aquellas que buscan mejorar la eficiencia energética, incrementar la seguridad, o simplemente disfrutar de un mayor confort durante los meses fríos del año. Entre las diversas opciones de cerramiento, el uso de cortinas de cristal sin perfilería, como las que ofrece la empresa Lumon, es una solución que está ganando popularidad por su capacidad de mantener la estética del edificio sin realizar una alteración significativa y sin necesidad de instalar perfilería fija.
A continuación, se discutirán los aspectos técnicos, legales y las principales implicaciones que tiene la instalación de este tipo de cerramiento, incluyendo información sobre el procedimiento de obtención de licencia, los posibles conflictos con la comunidad de propietarios y la jurisprudencia relevante que apoya este tipo de intervenciones.
1. Características del Cerramiento de Terraza con Cortina de Cristal sin Perfilería
Las cortinas de cristal sin perfilería son un tipo de cerramiento que se utiliza para proteger terrazas, balcones y porches del exterior sin modificar drásticamente la estructura o la estética del edificio. Este sistema permite mantener la terraza cerrada cuando las condiciones climáticas son adversas y abrir completamente el espacio en los días más agradables, creando una área versátil y funcional.
Las principales características de estos sistemas son:
- Cristales Móviles: Los cristales están diseñados para ser completamente movibles, lo que permite que la terraza pueda quedar totalmente abierta o cerrada según las preferencias del propietario.
- Ausencia de Perfilería Vertical: Este tipo de cerramiento no tiene elementos de perfilería vertical, lo cual minimiza el impacto visual y mantiene una estética moderna y minimalista.
- No Afecta la Estructura del Edificio: Al no requerir perforaciones en la estructura principal, ni utilizar elementos fijos en los laterales, se considera un cerramiento que no afecta la integridad estructural del edificio.
- Fácil mantenimiento: Al no tener perfilería, los cerramientos de cristal requieren menos mantenimiento que los sistemas tradicionales, ya que no acumulan suciedad en perfiles ni requieren revisiones frecuentes para evitar oxidaciones.
- Ahorro energético: Estos sistemas proporcionan un aislamiento térmico que ayuda a mantener una temperatura agradable en el interior de la vivienda, lo cual puede contribuir a la reducción del consumo energético tanto en invierno como en verano.
2. Procedimiento de Obtención de Licencia
Para la instalación de un cerramiento de terraza con cortina de cristal sin perfilería, es importante cumplir con ciertos requisitos administrativos. En el caso concreto de la Comunidad de Madrid, la experiencia con el Ayuntamiento ha mostrado que el proceso no es complejo, aunque requiere ciertos pasos para cumplir con la normativa urbanística.
2.1. Licencia de Obras
En la mayoría de los casos, la instalación de este tipo de cerramientos no implica un aumento de edificabilidad, por lo que la licencia es relativamente sencilla de obtener. Sin embargo, el Ayuntamiento exige la tramitación mediante procedimiento ordinario, lo cual incluye la presentación de una memoria técnica y planos elaborados por un técnico competente.
Aunque en general no se requiere un permiso explícito de la comunidad de propietarios, puede ser recomendable someter la intervención a la aprobación en una junta de propietarios para evitar futuros conflictos. La instalación debe cumplir con las ordenanzas municipales y respetar la estética del edificio, para lo cual puede ser importante contar con el respaldo de la comunidad.
2.2. Documentación Necesaria
Para la obtención de la licencia de obras, es necesario presentar varios documentos que justifican la intervención. Estos documentos incluyen:
- Memoria Técnica Descriptiva: Un informe realizado por un arquitecto o técnico competente que describe las características del cerramiento, sus dimensiones, y el impacto que tendrá sobre el edificio.
- Planos del Proyecto: Los planos del cerramiento, incluyendo las plantas y alzados necesarios, deben ser presentados para demostrar cómo se integrará la nueva estructura en el conjunto del edificio.
- Seguro de Responsabilidad Civil: Dependiendo del municipio, es posible que se requiera la presentación de un seguro que cubra posibles daños durante la instalación.
3. Relación con la Comunidad de Propietarios
Uno de los principales problemas al considerar un cerramiento de terraza es la posible oposición de la comunidad de propietarios. Este tipo de instalaciones puede ser visto como una alteración de la fachada, lo cual generalmente requiere el consentimiento de la comunidad. No obstante, según lo mencionado anteriormente y la experiencia con otros casos similares, al tratarse de un cerramiento sin perfilería fija, se puede argumentar que no afecta la estética ni la seguridad del edificio de manera significativa.
3.1. Comunicación a la Comunidad
En aquellos casos en los que se desea evitar conflictos, la mejor práctica es comunicar previamente la realización de las obras a la comunidad de propietarios. De este modo, se mitigan los riesgos de posibles impugnaciones o conflictos posteriores, especialmente si se llega a alegar una alteración del estado exterior del edificio.
3.2. Consenso y Apoyo de la Comunidad
Aunque la normativa y la jurisprudencia respaldan la posibilidad de realizar este tipo de cerramientos sin necesidad del consentimiento unánime, contar con el consenso de la comunidad puede ser un factor muy positivo para evitar fricciones. Algunas comunidades de propietarios podrían considerar que este tipo de cerramiento beneficia al edificio al mejorar la eficiencia energética y mantener la uniformidad estética, por lo cual someter la intervención a debate y votación podría ser útil.
4. Jurisprudencia Relevante
La jurisprudencia sobre el cerramiento de terrazas con cortinas de cristal sin perfilería es bastante clara en cuanto a la no necesidad del consentimiento unánime de la comunidad de propietarios, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Las Audiencias Provinciales han resuelto casos en los que los cerramientos de este tipo fueron considerados aceptables sin necesidad de autorización expresa de la comunidad.
4.1. Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga (SAP de Málaga, Sección 5)
Una de las sentencias más relevantes es la Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, Sección 5, que establece que la instalación de un cerramiento de terraza en forma de cortina de cristal no afecta a la seguridad, estructura, ni configuración exterior del edificio, al ser una instalación desmontable y sin perfilería fija. La Audiencia consideró que no se excede la facultad de uso ordinario de la propiedad conforme al artículo 394 del Código Civil.
Esta sentencia establece que el cerramiento con cortinas de cristal es considerado una obra menor y no requiere el consentimiento unánime de la comunidad, siempre que se asegure que no causa perjuicio a los demás propietarios.
4.2. Sentencias Relacionadas
- Sentencia de la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Málaga 667/2008: Esta sentencia concluye que el cerramiento no altera la configuración estética del edificio al no utilizar perfilería visible, siendo un sistema movible que permite dejar la superficie totalmente abierta.
- Sentencia de la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Málaga 199/2011: Reitera que el cerramiento de cristal tipo Lumon no altera la configuración del edificio y, por tanto, no requiere la aprobación de la comunidad de propietarios.
Estas resoluciones judiciales aportan seguridad jurídica para aquellos propietarios interesados en instalar un cerramiento sin el consentimiento unánime de la comunidad, siempre que se respete la configuración y estética del edificio y no se afecte a otros propietarios.
4.3. Jurisprudencia sobre la Alteración de la Fachada
En varias ocasiones, las comunidades de propietarios han llevado casos de cerramientos de terrazas a los tribunales alegando alteración de la fachada. Sin embargo, los jueces han determinado que el tipo de cerramiento aquí discutido, al ser desmontable y mantener una estética uniforme, no altera la fachada de manera significativa. De hecho, la flexibilidad y transparencia de este sistema lo hacen compatible con la normativa urbanística y de convivencia de muchas comunidades.
5. Ventajas del Cerramiento con Cortinas de Cristal sin Perfilería
Las cortinas de cristal sin perfilería presentan numerosas ventajas tanto para el propietario como para la comunidad de propietarios en general:
- Aislamiento térmico y acústico: Permiten un mayor aislamiento de la vivienda frente a ruidos y temperaturas extremas, mejorando la eficiencia energética del hogar.
- Mantenimiento de la estética del edificio: Al ser un cerramiento sin perfilería, el impacto visual es mínimo, lo cual resulta atractivo para comunidades que desean mantener la estética homogénea del edificio.
- Flexibilidad de uso: Este tipo de cerramiento permite abrir completamente el espacio cuando sea necesario, manteniendo la funcionalidad de la terraza tanto en invierno como en verano.
- Incremento del valor del inmueble: Al incrementar la superficie útil, este tipo de cerramiento puede contribuir a aumentar el valor de la vivienda, además de mejorar la calidad de vida de los ocupantes.
- Protección frente a agentes externos: Al instalar un cerramiento de cristal, la terraza queda protegida frente a la suciedad, la lluvia, el viento y otros factores climáticos, lo cual prolonga la vida útil de los materiales y reduce la necesidad de mantenimiento.
- Aprovechamiento del espacio: La terraza se convierte en un espacio más aprovechable durante todo el año, lo cual puede ser particularmente interesante en viviendas con limitaciones de espacio interior.
6. Recomendaciones para la Instalación
A continuación se presentan algunas recomendaciones clave para asegurar que el proceso de instalación sea exitoso y conforme a la normativa:
6.1. Asesoramiento Técnico
Es fundamental contar con un técnico competente que pueda elaborar la memoria técnica y los planos necesarios para la obtención de la licencia de obras. Además, el asesoramiento profesional garantiza que la instalación se realizará de acuerdo con los requisitos estructurales y de seguridad exigidos por la normativa.
6.2. Consulta Previa con el Ayuntamiento
Antes de proceder con la instalación, es aconsejable realizar una consulta previa con el Ayuntamiento correspondiente para verificar los requisitos específicos y obtener confirmación sobre la necesidad de licencia. En el caso de Madrid, el procedimiento ordinario suele ser el más adecuado para este tipo de intervenciones.
6.3. Comunicación con la Comunidad
Aunque la jurisprudencia indica que no es necesario el consentimiento unánime de la comunidad para instalar cortinas de cristal sin perfilería, es buena práctica comunicar las intenciones de realizar la obra a la comunidad de propietarios. Esto evitará malentendidos y posibles oposiciones, favoreciendo una buena convivencia entre los vecinos.
6.4. Contratar Instaladores Especializados
Para garantizar un buen resultado, se recomienda contratar a instaladores especializados que tengan experiencia en la instalación de cerramientos sin perfilería. Esto no solo asegura una correcta instalación, sino que además facilita el proceso de obtención de la licencia, ya que estos profesionales suelen estar familiarizados con los trámites requeridos.
7. Conclusión
El cerramiento de terrazas con cortinas de cristal sin perfilería tipo Lumon es una solución cada vez más popular para aquellos que desean aprovechar su terraza durante todo el año sin afectar negativamente la estética del edificio. Al no requerir perfilería fija ni alteraciones estructurales, este tipo de cerramiento tiene menos restricciones legales y cuenta con el respaldo de la jurisprudencia, siempre y cuando se realice de manera que no perjudique a otros propietarios ni altere significativamente el estado exterior del edificio.
Las sentencias emitidas por diferentes Audiencias Provinciales, especialmente en Málaga, avalan la instalación de estas cortinas sin necesidad de un consentimiento unánime, lo cual facilita enormemente el proceso para los propietarios. Sin embargo, es fundamental seguir un proceso adecuado de solicitud de licencia y comunicación con la comunidad para evitar conflictos futuros.
En definitiva, las cortinas de cristal sin perfilería representan una alternativa eficiente, estética y funcional para el cerramiento de terrazas, ofreciendo ventajas significativas tanto en el uso del espacio como en la mejora de la calidad de vida dentro del hogar. Además, su capacidad de mejorar la eficiencia energética y el aislamiento acústico las convierte en una opción muy atractiva para aquellos que buscan modernizar su vivienda y adaptarla a las demandas del confort contemporáneo. Es esencial que los propietarios estén bien informados y cuenten con el asesoramiento adecuado para garantizar que el proceso se lleva a cabo con éxito y en conformidad con la normativa vigente.
Podéis ver el vídeo de este artículo en el siguiente enlace de nuestro canal de Youtube:
Otros artículos que pueden ser de vuestro interés:
Fdo. Miguel Fernández
Administrador de Fincas en Madrid, Ávila y Guadalajara