Piscina de comunidad, control aforo, reserva previa, controladores y socorristas
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¿QUÉ HACEMOS CON LA PISCINA DE LA COMUNIDAD?
Estamos viviendo tiempos convulsos, una incertidumbre nunca antes vista, un futuro incierto, en todos los sentidos de nuestra vida. El Covid-19 ha supuesto una crisis transversal, y como tal, va a afectar de una u otra forma en nuestro día a día.
En estos días andamos a vueltas con la piscina de la comunidad, unos opinan que mejor no abrir, otros que hacer turnos, otros prefieren contratar a alguien que controle el acceso.
En cualquier caso, no va a ser un verano normal. Hagamos lo que hagamos, va a suponer un cambio en nuestros hábitos que, quién sabe si han venido para quedarse.
CONTROL DE AFORO
Lo cierto es que hay cierta unanimidad en una cosa. Hay que controlar de alguna forma el aforo establecido a partir de la Fase 2 en un 30% de la capacidad normal, es decir, en una comunidad cuya piscina puedan bañarse normalmente 100 personas, este año solo lo podrán hacer 30 a la vez.
Hay comunidades que van a establecer turnos, con el consiguiente lío asegurado. Nadie estará contento con el turno que le ha tocado. “Yo prefiero los viernes”, “pues yo es que por la tarde me viene fatal”. No digamos el pobre controlador, que tendrá que “conocer” a los vecinos de uno u otro bloque para dejarles pasar, dejar en la cola a los que sobrepasen el aforo, y llamar la atención a los que lleven mucho tiempo para que dejen pasar a otros.
Si ya hay conflictos en una situación normal, ¿os imagináis así? En vez de controladores habrá que contratar a porteros de discoteca.
RESERVAS CON CITA PREVIA
Es aquí donde toman protagonismo los sistemas de reserva y control. Hemos tenido la suerte de que esta crisis nos ha venido con la tecnología tan avanzada que podemos trabajar en remoto, organizar reuniones online, disfrutar de cientos de series y películas a demanda… Y apps para controlar el acceso a la piscina.
Tan sencillo como que tu administrador de fincas o presidente te envíe una invitación, realices la reserva y, cuando llegue el momento, que el controlador escanée tu código de barras para acceder.
Con apps como la de Neoaffinis puedes hacerlo de forma muy sencilla.
El administrador o presidente tan solo tiene que crear la piscina, establecer horarios, franjas, aforo, máximo de personas por reserva, máximo de reservas por día y otros parámetros opcionales (minutos de cortesía, coste de reserva, periodos de antelación, etc…)
¿Y QUIÉN REALIZA EL CONTROL?
Este es un tema muy interesante, y que suele suscitar la mayoría de las dudas. ¿Por qué contratar una persona para controlar el acceso?
Bajo nuestro punto de vista, las comunidades que se lo puedan permitir podrán tener a personal dedicado a escanear códigos QR permitiendo o impidiendo el acceso, pero la mayoría de las comunidades no. Por eso pensamos que es el SOCORRISTA el que, entre sus funciones, tendrá puede realizar esa labor, puesto que se trata de vigilar y mantener la seguridad de los bañistas, como indica el marco regulatorio. Asegurar que se cumple el aforo es la manera de asegurar la seguridad.
Y aquí surge la eterna pregunta. ¿cómo vigilar el baño mientras se controla el acceso? Obviamente no se pueden hacer las dos cosas a la vez.
LA PROPUESTA DE NEO AFFINIS
Nuestra propuesta es muy sencilla y es posible utilizando la tecnología actual. Os proponemos una rutina para realizar esta labor con las máximas garantías.
- Al inicio de cada franja horaria el socorrista abre la piscina, escanea los códigos QR avisando a los bañistas que no se introduzcan en el agua hasta que no dé la señal. Teniendo en cuenta que cada reserva pueden ser varias personas, para un aforo de 30, pueden ser 15 ó 20 códigos QR, lo cual se tarda en escanear entre 3 y 4 minutos.
- Hecho esto se cierra el acceso, se da la señal y todo el mundo puede disfrutar del baño, mientras el socorrista vigila el vaso.
- Si durante la franja horaria se presenta alguien con una reserva, es potestad del socorrista, cuando éste pueda, dar acceso o no al bañista. Si lo desea la comunidad puede establecer por ejemplo 10 minutos de cortesía, pasados los cuales se anularían las reservas.
- Pasada la franja horaria establecida, el socorrista desaloja la piscina, pudiendo aprovechar, si se desea, para limpiar pasamanos, pomos y demás elementos susceptibles de ser infectados.
- Vuelta al paso 1
Obviamente, para hacer esto se necesita una aplicación que lo permita. La app que ponemos a disposición de administradores de fincas, mantenedores de piscinas y comunidades de propietarios se adapta perfectamente a esta rutina.
CUESTIÓN DE JUSTICIA
El acceso por turnos puede resultar, además de tremendamente ineficiente, más si cabe injusto. En el bloque A puede haber muchos bañistas y tener que hacer cola cada lunes porque se llena el aforo enseguida. En el bloque B puede haber pocos y los martes siempre estar medio vacía. La estadística casi nuca sigue una distribución uniforme…
Con un sistema de reservas, tiene prioridad quien antes realiza la reserva. Si la comunidad establece un periodo de antelación de 24 horas, cada hora del día que pase, se abrirá una nueva franja para poder reservar al día siguiente. Todo el mundo tendrá la oportunidad de reservar su turno, cualquier día de la semana, a cualquier hora del día.
Y LOS VECINOS QUE NO TENGAN INTERNET
Obviamente aún existen vecinos que no disponen de un smartphone o un ordenador en casa. Para ellos hemos puesto a disposición del presidente o vicepresidente, además del personal (administrador, conserje, incluso el propio controlador o socorrista) una aplicación para que lo pueda hacer en su nombre. El controlador en su app también tendrá un listado de reservas que podrá consultar si alguien acude sin él.
Y TODO ESTO CUÁNTO CUESTA
La aplicación es gratuita y totalmente funcional para todas las comunidades de propietarios, aunque tiene un coste por el lector de códigos QR que utilizará el controlador. Aquellas comunidades pequeñas que se autoregulen, ni siquiera tienen que instalársela (aforos de 8 o 10 personas)
Obviamente para comunidades un poco más grande se hace necesaria esta app, que funciona tanto para Android como para iPhone, ya disponibles
El precio para activar esta app es de 300€ por comunidad PARA TODO EL VERANO 2020, y además podrá seguir disfrutándola el resto del año de forma gratuita para reservar pistas de pádel, salas de reuniones, y cualquier otra instalación que desee.
Fdo. Alejandro Nuñez
CEO Neo affinis, S.L.
Buenas tardes Miguel, vivo en una comunidad de 15 vecinos del cual 3 vecinos viven en plantas bajas con acceso a la piscina.. Entre separación de piscina y su jardin hay unos setos y no estan vallados Mi pregunta es … es obligatorio que las plantas bajas esten cerradas con mallas y tengan puerta de acceso? estos vecinos no tienen puerta de acceso y puedes acceder a su jardin sin ningún problema.., y también tienen gatos el cual se pasean por la piscina como si fuesen bañistas y se ponen encima de tus toallas…
Es obligatorio que tengan puerta y las parcelas esten cerradas para evitar que los gatos salgan a la piscina?
Buenos días,
Habitualmente su pregunta suele estar regulada en los estatutos específicos para el uso de la piscina y los derechos y deberes que los propietarios de la otra comunidad tengan sobre la servidumbre.
Deberá solicitar dichos estatutos y en función de lo que se indique hacer las actuaciones necesarias. No sera fácil el que ud pueda tomar la decisión de salirse de esta comunidad porque posiblemente se solicite la unanimidad o bien una mayoría cualificada. Debe de entender que si todos hicieran lo mismo no se podría mantener los gastos de la piscina. Por favor mire el estatuto que este le dará la solución a su pregunta.
Muchas gracias
Miguel
691564359
Buenos tardes,
Necesitaba saber la normativa que regula la obligación o no de contratar controladores para las piscinas comunitarias .
Muchas gracias
Alícia
Hola Alicia:
La controversia originada en estos últimos tiempos derivado del Covit y la seguridad en una piscina no viene derivada de una normativa con relación al controlador sino de una normativa de las obligaciones del socorrista que si le diéramos la responsabilidad de controlar el acceso a la piscina estaríamos cercenando sus obligaciones. ¿Cuales son sus obligaciones?. Creo que este enlace con la web de la cruz roja viene a indicarnos cuales son dichas obligaciones y porque un socorrista no puede dedicarse a otra cosa que a la responsabilidad de su ámbito como es el control del vaso de la piscina:
https://cursoscruzrojamadrid.com/noticias/obligaciones-legales-del-socorrista/
Le dejo aquí lo que dice en este enlace:
Las obligaciones legales del socorrista no siempre están tan claras en todos los casos. A lo largo de este blog, te hemos hablado de las principales funciones y retos del técnico de salvamento, tanto en playa como en piscina. Pero en este artículo vamos a esclarecer hasta dónde llegaría su responsabilidad legal.
Sí son obligaciones legales del socorrista
Sin duda, la figura del socorrista es fundamental en zonas de baño y a los hechos nos remitimos. El 85% de los accidentes mortales que se han producido este año en España han tenido lugar en playas y piscinas no vigiladas.
En las zonas de baño que sí están vigiladas, el socorrista ha de responder a una serie de obligaciones.
La primera y más fundamental de todas las obligaciones legales del socorrista está la de vigilar, controlar y atender a los bañistas. Esto implica también que ha de advertirles de conductas imprudentes. Por ejemplo: correr por el bordillo de la piscina o tirarse al agua al lado de otros bañistas. Y en el caso de los socorristas de playa, advertir del peligro del mar a quienes no respeten la señalización de las banderas.
Bajo ninguna circunstancia, el socorrista puede desatender su puesto de vigilancia en horario de baño. Obviamente, sí lo hará en caso de que tenga que acudir a un rescate o atender a un accidentado.
Las obligaciones legales del socorrista no le permiten intervenir en caso de robo o cualquier otro disturbio ocurrido en la zona de baño. En ese caso, tendrá que avisar por teléfono al responsable de vigilancia.
¡Ojo! El socorrista no es tu niñera
El hecho de que haya un socorrista en la zona de baño no significa que tenga que cuidar a los niños. Especialmente mientras sus padres se bañan o whatshappean.
Si el niño sufriese algún accidente en el agua, mientras los padres le ignoran, la responsabilidad sería de ellos. Así lo establecen, incluso Instituciones, como la Asociación Alemana de Guardavidas (DLRG).
Responsabilidades penales y civiles
Cuando el técnico en salvamento incumple las obligaciones legales del socorrista puede ser responsable de un delito. Esto sucedería en el caso de que el socorrista no ayudara a una persona en peligro. Y también, en el caso de que no pidiese ayuda cuando no fuera capaz de prestar auxilio.
Del mismo modo, si el socorrista actúa con negligencia y el bañista se lesiona o muere, el socorrista también podría incurrir en un delito.
Espero que le aclare las razones por las que mientras sea necesario el control del aforo, es necesario la figura del controlador al margen de la figura del socorrista.
Saludos.
Miguel
691564359